Modificación de las titulaciones
Los cambios en los títulos oficiales sólo pueden ser fruto del proceso de seguimiento y, por tanto, son el resultado natural y esperado de este proceso. Por este motivo cada enseñanza sólo puede someterse al proceso de modificación, como máximo, una vez cada curso académico. Los posibles cambios se pueden clasificar en función de su tipología:
Modificaciones no sustanciales: cambios menores que mejoran el título y que se incorporan a la memoria del título cuando se tenga que someter a un proceso de modificación.
Modificaciones sustanciales: cambios que conllevan alteraciones en la estructura o naturaleza y objetivos de la enseñanza:
Autorizables: cambios que afectan a la estructura del título pero no suponen un cambio en su naturaleza y objetivos. Estos cambios se solicitan a través del proceso de modificación.
No autorizables: cambios sustanciales que afectan la naturaleza y objetivos del título verificado que se tienen que hacer efectivos solicitando una nueva verificación del título y extinguiendo el título implantado.
- Periodicidad del proceso: Anual/Bienal
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